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  • Diego Alejandro Ospina Henao

martes, 25 de octubre de 2022

La entidad ,al realizar su análisis, encontró una marca de oficio con la que habría riesgo de confusión en los consumidores y el mercado

Jairo Enrique Quiroz Quiroz se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) con el fin de solicitar el registro de la marca Chiflips (Mixta) para distinguir productos comprendidos en la Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota snacks a base de carne; snacks a base de casava; snacks a base de frijoles; snacks a base de fruta; snacks a base de frutas secas; snacks a base de hortalizas; snacks a base de mandioca, entre otros.

Luego de la solicitud, la sociedad Premium 2000 S.A. presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad establecida en el artículo 136 de la Comisión de la Comunidad Andina.

LOS CONTRASTES

  • Ángela Amaya Socia de Amaya Propiedad Intelectual

    “El signo solicitado reproduce en su totalidad la marca registrada, sin que el prefijo Chi evite que el consumidor piense que se trata de una nueva versión de la marca”.

La opositora cuenta con la marca de cereales Flips registrada previamente en la Superindustria, por lo que su defensa argumentó que la solicitada “reproduce totalmente” la anterior. “Emplea los mismos caracteres, ubicados en exactamente el mismo orden, lo cual inexorablemente lleva al consumidor a creer erróneamente que la marca propuesta es una variación o nueva línea de productos”.

Por otro lado, agregó que la adición de las letras “CHI” en el signo solicitado no genera la suficiente distintividad para que los consumidores no entren en riesgo de confusión, al no poder diferenciar su origen empresarial. Además, destacó que, al ser pronunciadas, tienen similitudes fonéticas.

Dentro del término concedido, Jairo Enrique Quiroz Quiroz respondió a la oposición argumentando que “los signos cotejados comparten la expresión Flips, que marcariamente es de muy poca distintividad, pues esta misma partícula, o la partícula Flip, es usada por varias marcas en la misma clase”. Adicionalmente, el solicitante recalcó que el signo presentado cuenta con los suficientes elementos gráficos y ortográficos para generar distinción en el mercado, al tener en la letra “C” su propio estilo.

Tras revisar los argumentos, la SIC encontró que los signos en conflicto son similarmente confundibles, ya que ambos comparten la expresión “Flip”, por lo que los consumidores podrían llegar a pensar que se trata de una nueva división de la opositora. Además, la entidad encontró de oficio otra marca con el nombre “Flip”, con la que también habría riesgo de asociación.

Por estos motivos, la SIC declaró fundada la oposición de Flips y negó el registro de Chiflips a su solicitante.

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